15-05-2025 EMPYME 2025: Ayudas destinadas a personas emprendedoras y pymes.

Objeto y ámbito
El objetivo es convocar, para el ejercicio 2025, ayudas destinadas a personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial.
Beneficiarios
Podrán solicitar las subvenciones previstas en esta convocatoria quieres cumplan los siguientes requisitos:
- Ser persona emprendedora (empresario individuale) o pyme con persona jurídica propia, que han emprendido en los últimos 5 años una actividad económica o productiva que ofrezca una ventaja competitiva.
- Domicilio social en la Comunidad Valenciana.
- Que el proyecto empresarial esté relacionado con algún sector de actividad en auge (Ver: Resuelvo Tercero 1.c. de la Resolución)
* Quedan excluidas las comunidades de bienes, las sociedades civiles sin personalidad jurídica y las entidades sin ánimo de lucro.
Actuaciones Subvencionables
- Esta modalidad de ayudas irá destinada a sufragar los gastos corrientes derivados del inicio y de la consolidación de su proyecto empresarial.
- El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto será de 5.000€, IVA excluido.
Plazo de realización de las actuaciones subvencionables
Son subvencionables las actuaciones desarrolladas entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de abril de 2025.
Gastos subvencionables
*No se admitirán pagos en metálico ni pagos por ventanilla de entidades de crédito.
Los gastos subvencionables deberán pertenecer a alguna de estas categorías:
- Gastos laborales del personal con contrato laboral por cuenta ajena empleado en la Comunidad Valenciana. El máximo subvencionable de retribución mensual bruta en nómina es de 3.000€, incluyendo la parte proporcional de pagas extraordinarias y otras retribuciones.
- Gastos de contratación de colaboraciones externas para el inicio y consolidación del proyecto. Es decir, los costes para el desarrollo del plan de empresa, estrategia de digitalización, posicionamiento de marca (…)
- Gastos de gestoría, asesoría jurídica, notariales y registrales que estén directamente relacionados con la actividad y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
- Gastos de alquiler de locales, coworking, despachos o espacios imprescindibles para ejercer la actividad empresarial.
- Gastos de servicios de publicidad, difusión y marketing. Se incluyen los gastos de diseño y desarrollo del packaging e identidad del producto o servicio.
Cuantía de la ayuda
- Se aplicará el 70% al total de los gastos que sean considerados como subvencionables.
- El resultado de aplicar el citado porcentaje será la cuantía subvencionable, sin que en ningún caso pueda ser superior a 15.000€, que se establece como límite máximo de subvención para esta convocatoria.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes y de la cuenta justificativa será desde el 12 de mayo de 2025 hasta el 12 de junio de 2025, ambos días incluidos.
Podrás encontrar toda la información detallada en: Ayudas EMPYME 2025 – Generalitat Valenciana