Noticia

15-05-2025  EMPYME 2025: Ayudas destinadas a personas emprendedoras y pymes.

Objeto y ámbito

El objetivo es convocar, para el ejercicio 2025, ayudas destinadas a personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial.

Beneficiarios

Podrán solicitar las subvenciones previstas en esta convocatoria quieres cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser persona emprendedora (empresario individuale) o pyme con persona jurídica propia, que han emprendido en los últimos 5 años una actividad económica o productiva que ofrezca una ventaja competitiva.
  • Domicilio social en la Comunidad Valenciana.
  • Que el proyecto empresarial esté relacionado con algún sector de actividad en auge (Ver: Resuelvo Tercero 1.c. de la Resolución)

* Quedan excluidas las comunidades de bienes, las sociedades civiles sin personalidad jurídica y las entidades sin ánimo de lucro.

Actuaciones Subvencionables

  1. Esta modalidad de ayudas irá destinada a sufragar los gastos corrientes derivados del inicio y de la consolidación de su proyecto empresarial.
  2. El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto será de 5.000€, IVA excluido.

Plazo de realización de las actuaciones subvencionables

Son subvencionables las actuaciones desarrolladas entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de abril de 2025.

Gastos subvencionables

*No se admitirán pagos en metálico ni pagos por ventanilla de entidades de crédito.

Los gastos subvencionables deberán pertenecer a alguna de estas categorías:

  • Gastos laborales del personal con contrato laboral por cuenta ajena empleado en la Comunidad Valenciana. El máximo subvencionable de retribución mensual bruta en nómina es de 3.000€, incluyendo la parte proporcional de pagas extraordinarias y otras retribuciones.
  • Gastos de contratación de colaboraciones externas para el inicio y consolidación del proyecto. Es decir, los costes para el desarrollo del plan de empresa, estrategia de digitalización, posicionamiento de marca (…)
  • Gastos de gestoría, asesoría jurídica, notariales y registrales que estén directamente relacionados con la actividad y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
  • Gastos de alquiler de locales, coworking, despachos o espacios imprescindibles para ejercer la actividad empresarial.
  • Gastos de servicios de publicidad, difusión y marketing. Se incluyen los gastos de diseño y desarrollo del packaging e identidad del producto o servicio.

Cuantía de la ayuda

  • Se aplicará el 70% al total de los gastos que sean considerados como subvencionables.
  • El resultado de aplicar el citado porcentaje será la cuantía subvencionable, sin que en ningún caso pueda ser superior a 15.000€, que se establece como límite máximo de subvención para esta convocatoria.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes y de la cuenta justificativa será desde el 12 de mayo de 2025 hasta el 12 de junio de 2025, ambos días incluidos.

Podrás encontrar toda la información detallada en: Ayudas EMPYME 2025 – Generalitat Valenciana

Resolución: RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2025, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se efectúa la CONVOCATORIA de subvenciones para personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y la consolidación de su proyecto empresarial, para el ejercicio 2025. EMPYME 2025 (DOGV…

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