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25-06-2012  Ayudas de la Conselleria de Empleo destinadas al fomento del empleo estable (Ayudas a la contratación de trabajadores)

 En el DOGV núm. 6803 de fecha 25/06/2012, ha salido publicada la ORDEN 26/2012, de 18 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2012.

Ver ORDEN 26/2012                                            Ver tramitación y modelos solicitud
 
Esta orden tiene como objeto favorecer la contratación y estabilidad en el empleo de los desempleados con mayores dificultades de acceso al mercado laboral: jóvenes, mujeres, mayores de 45 años, parados de larga duración y personas con discapacidad.
Las contrataciones deberán efectuarse en 2012 y ejecutarse en centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana. No obstante, también resultará subvencionable la contratación durante el último trimestre de 2011 de personas con discapacidad.
 
No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Tampoco podrán obtenerla las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables.
 
Las ayudas establecidas en esta orden son incompatibles entre sí y con cualquier otra para la misma acción subvencionable, salvo la bonificación de cuotas a la Seguridad Social. No obstante, resultan compatibles las ayudas por contratación de personas con discapacidad y adaptación del puesto de trabajo.
 
En caso de contratación indefinida, se deberá mantener el empleo creado durante al menos dos años. En caso de contratación temporal de trabajadores con discapacidad, el empleo creado deberá mantenerse durante un año.
 
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la ayuda, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 28 de septiembre de 2012. Para las contrataciones efectuadas
en el periodo de 2012 previo a la publicación de la orden, el plazo de dos meses se iniciará el día siguiente a dicha publicación.
Para las ayudas del título III (la conversión en indefinidos de los contratos temporales de jóvenes y mujeres el plazo de presentación de solicitudes será de cuarenta días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la orden.
Las solicitudes de ayudas por el mantenimiento o transformación de contratos efectuados en el último trimestre de 2011 a que hace referencia el título IV (la contratación de trabajadores con discapacidad por empresas del mercado ordinario), deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la publicación de la orden.
 
Las ayudas se otorgarán hasta agotar el crédito disponible.
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